La declaración anual para las personas morales consiste en el pago del impuesto sobre la renta, para el cual se toman en cuenta las operaciones comprendidas en el ejercicio fiscal el cual comienza de forma ordinaria en el mes de enero y concluye en el mes de diciembre de forma ordinaria, existen dos ejercicios extraordinarios en la existencia de toda persona moral el primero es el ejercicio de constitución de la sociedad y el segundo es el ejercicio de liquidación de la misma.
La determinación del impuesto sobre la renta a grandes rasgos se genera de disminuir de los ingresos gravados las deducciones autorizadas, la mecánica de determinación del impuesto sobre la renta se estipula en el artículo 9 de la ley del impuesto sobre la renta.
Adicionalmente se determina dentro de esta declaración anual el coeficiente de utilidad que se empleara en el ejercicio siguiente, el cual sirve de base para la determinación y entero de los pagos provisionales al impuesto sobre la renta, los cuales se realizan de forma mensual.
El coeficiente se obtiene en rasgos generales como un factor porcentual, de las utilidades del ejercicio.
La obligación de la presentación de la declaración anual es de forma general para todas las sociedades y debe presentarse dentro del mes de marzo del año inmediatamente posterior al periodo a declarar, salvo las sociedades dedicadas de forma exclusiva a actividades agrícolas y conformadas en su totalidad por socios personas físicas, estas sociedades deben presentar la declaración anual durante el mes de abril del ejercicio inmediatamente posterior al periodo a declarar.
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