¿Qué es la Discrepancia Fiscal?

La ley del impuesto sobre la renta contempla en su artículo 91 el procedimiento de discrepancia fiscal, este procedimiento es únicamente aplicable a las personas físicas y consiste en que la autoridad detecte que una persona haya obtenido mas erogaciones que ingresos declarados en un año.

Las erogaciones de acuerdo con la ley del impuesto sobre la renta son los gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias incluidas las inversiones financieras y las tarjetas de crédito.

Para los efectos de la ley del impuesto sobre la renta la autoridad podrá presumir que las erogaciones que exceden a los ingresos declarados o en su caso las erogaciones realizadas por personas que no se encuentren suscritas al RFC, son ingresos omitidos de su actividad principal; es decir de la actividad que en el ejercicio inmediato anterior hubieren obtenido más ingresos y cuando no se encuentren registradas en el RFC, se consideraran como otros ingresos gravados.

Al haber detectado esta situación la autoridad podrá iniciar el procedimiento de discrepancia fiscal que se puede resumir en tres puntos:

  1. Notificación al contribuyente: la autoridad emite una notificación que debe contener el monto de las erogaciones detectadas, la información que utilizo para obtenerlas, el medio por el cual las obtuvo y el resultado de la discrepancia.
  2. Aclaraciones de origen: Una vez recibida la notificación se cuenta con 20 días para aclarar el origen de los ingresos y en su caso acreditar que son ingresos exentos, se debe presentar por escrito y adicionar todas las pruebas que se considere necesario.
  3. Liquidación: Si la autoridad acredita la discrepancia emitirá la liquidación aplicando la tarifa del articulo 152 de la ley del impuesto sobre la renta.

Este procedimiento no anula las multas en las cuales se pueda incurrir y de forma adicional la autoridad puede proceder de acuerdo con el articulo 109 fracción I del código de la fiscal de la federación, el cual asemeja la discrepancia fiscal al delito de defraudación fiscal, que puede ser castigado con prisión de 3 meses a 13 años y 6 meses de acuerdo al monto y las agravantes en las cuales se incurra.

Es importante que contemples todos los ingresos que hayas obtenido como persona física al momento de presentar tu declaración anual, existen ingresos exentos para el impuesto que deben ser declarados para conservar dicha extensión y otros que se deben declarar únicamente de manera informativa.

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