¿Qué obligaciones se deben cumplir ante el IMSS?

¿Qué obligaciones se deben cumplir ante el IMSS?

La seguridad social nace desde la constitución de nuestro país, como una obligación que debe brindar el patrón a sus trabajadores, para darle cumplimiento a esta obligación se crea el instituto mexicano del seguro social, el cual entra en sustitución del patrón para cubrir esta obligación y las demás plasmadas en la ley federal del trabajo en materia de seguridad social.

La seguridad social tiene por finalidad el garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión, cada uno de estos puntos es cubierto por diversas ramas del seguro social en su régimen obligatorio, el cual otorga prestaciones en especie y en dinero a sus beneficiarios.

El instituto mexicano del seguro social contempla como sujetos obligados al aseguramiento a:

Las personas que presten un servicio personal, subordinado y remunerado a otras ya sean personas físicas o personas morales ya sea de manera eventual o permanente.

Los socios de las sociedades cooperativas.

Las personas que determine el presidente de la republica mediante decreto.

Al ubicarse en alguno de estos supuestos se tiene la obligación de inscribirse como patrón ante el instituto y dar de alta a las personas que cumplan con dichos supuestos como trabajadores ante el IMSS, como patrón además de la obligación de inscribir a los trabajadores se generan diversas obligaciones entre ellas destacan:

El registrarse como patrón y registrar a los trabajadores como tales ante el instituto así mismo el de comunicar al instituto las altas, bajas, modificaciones de salario y los demás datos que requiera el instituto, dentro de un plazo no mayor a cinco días hábiles.

También tiene la obligación de lleva registros como nóminas, asistencias, listas de raya, en las que se asiente el número de días trabajados y los salarios percibidos. Es necesario conservar estos registros por lo menos durante 5 años.

El patrón debe determinar las cuotas obrero patronales a enterar.

Permitir al instituto las revisiones y visitas domiciliarias que practique el instituto.

Los patrones que se dediquen al ramo de la construcción deberán adicionalmente entregar a sus trabajadores una constancia escrita del número de días trabajados y el salario percibido según sean las fechas de plazo establecido, las cuales podrán ser exhibidas por los mismos para reclamar sus derechos.

En consultores Daviersa contamos con la experiencia para asesorarte, para el correcto cumplimiento de obligaciones ante el instituto mexicano del seguro social, acércate a nosotros para resolver tus dudas y contáctanos para una asesoría personalizada.