Sabemos que es nuestra obligación como mexicanos el contribuir al gasto publico según el artículo 31 fracción IV de la Constitución sin embargo ¿Qué son las contribuciones?, ¿Son impuestos?, ¿Cuándo y porque motivo se generan las contribuciones?, la obligación emanada de dio articulo nos deja con estas dudas y posiblemente algunas más.
De acuerdo con el artículo 2 del código fiscal de la federación categoriza las contribuciones de la siguiente forma:
- Impuestos: son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar los contribuyentes que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista en la misma.
- Aportaciones de seguridad social: son las que se encuentran el ley a cargo de las personas que son sustituidas por el estado en sus obligaciones en materia de seguridad social o quienes se beneficien del mismo.
- Contribuciones de mejoras: son las establecidas en ley a cargo de quien se beneficie de forma directa por obras públicas.
- Derechos: son las que se pagan por el aprovechamiento de los bienes de dominio público o recibir servicios por parte del estado (ejemplo: expedición de pasaportes o acceso a parques, museos, etc. de dominio público).
- Aprovechamientos: son los que percibe el estado por funciones del derecho público, derivados de financiamientos de organismos descentralizados (ejemplos: multas, excedentes de PEMEX, etc.).
Adicionalmente a estos e generan los accesorios de las mismas, como son recargos, sanciones, gastos de ejecución e indemnizaciones.
Podemos concluir con esto que las contribuciones incluyen muchos más conceptos que los impuestos y estos últimos son contribuciones, se deben pagar las contribuciones siempre que se situé en el hecho jurídico establecido para cada caso y se pagan por el hecho de encontrarse dentro de la hipótesis de ley.
L.C.P Daniel Alfonso Flores Montaño
L.C.P y E.A.I Victoria Eugenia Montaño Solana