El artículo 69-B del código fiscal de la federación faculta a las autoridades fiscales a publicar un listado y a notificar a los contribuyentes por medio de su buzón tributario por dos motivos:
- Cuando la autoridad detecte que el contribuyente ha emitido comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material ya sea de forma directa o indirecta, para prestar los servicios, vender los productos o producir los bienes.
- Cuando los contribuyentes se encuentren como no localizados.
Al publicar mediante la página del SAT (Servicio de Administración Tributaria), el DOF (Diario oficial de la federación) o ser notificado, la autoridad presume conforme a sus facultades que dichas operaciones no producen o produjeron ningún efecto fiscal, es decir se nulifica el efecto de la deducción en materia de ISR y del Acreditamiento para IVA o IEPS.
Una vez publicadas estas entidades en el listado, el contribuyente que haya tenido operaciones con estas, tienen 30 días después de la publicación, para aclarar ante la autoridad fiscal que adquirieron los bienes o recibieron los servicios señalados por los comprobantes fiscales, presentando ante la autoridad las evidencias que consideren necesarias para efectos de demostrar la veracidad del acto.
En caso de no presentar dicha aclaración dentro de los 30 días posteriores el contribuyente deberá corregir su situación fiscal mediante las declaraciones complementarias que deban ser presentadas para dejar sin efectos las operaciones señaladas.
Si no se presentan las correcciones pertinentes la autoridad podrá mediante el ejercicio de facultades de comprobación emitir los créditos fiscales respectivos a dichas operaciones, los actos que se amparen por comprobantes señalados por la autoridad se consideran actos simulados para efectos de delitos en materia fiscal, para lo cual la autoridad deberá presentar la denuncia correspondiente.
La autoridad debe publicar por los mismos medios los listados de los contribuyentes que logren desvirtuar los señalamientos realizados por la misma.
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