¿Qué es la prima de riesgo de trabajo para el IMSS?

La prima de riesgo de trabajo es la clasificación del grado de peligrosidad al cual se encuentran expuestos nuestros trabajadores, este es determinado por el instituto de acuerdo a las actividades que desempeñan.

En el año de inicio de operaciones el instituto solicita la clasificación del trabajo a desempeñar por nuestros trabajadores, estas actividades se enlistan en el artículo 9 del reglamento para la clasificación y la determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo, y a su vez clasifica las actividades en cinco distintas clases, las cuales nos arrojan la prima de riesgo promedio de dichas actividades y marca la prima de riesgo a emplear durante el primer ejercicio de la entidad, en caso de que la actividad no se encuentre en las actividades listadas por el instituto se deberá buscar la actividad de mayor similitud para la clasificación de la empresa.

Clase Prima de riesgo

 

1 0.054355
2 1.13065
3 2.59840
4 4.65325
5 7.58875

 

Los patrones solo podrán contar con una prima de riesgo, salvo que se desempeñen actividades distintas y se encuentren plenamente separadas, es decir se realicen en distintos domicilios y que los mismos pertenezcan a distintos municipios.

La prima de riesgo de la entidad deberá estar entre el 0.50000 como prima mínima y el 15.0000 como prima máxima, la prima de riesgo debe determinarse de forma anual durante el mes de febrero y sirve para determinar los pagos por el seguro de riesgos de trabajo para el ejercicio fiscal en el cual se determine.

La determinación de la prima de riesgo se realiza en base a los accidentes o enfermedades de trabajo que haya presentado el patrón durante el ejercicio y la prima deberá incrementarse en un 1% cuando haya existido mínimo un incidente, o podrá disminuirse en un 1% si la empresa no presento ningún riesgo de trabajo derivado de un accidente o una enfermedad profesional, los accidentes y enfermedades de trabajo deberán ser contempladas una vez concluidas con un alta médica otorgada por el instituto

 

¿Cuáles son los motivos por los cuales se listan a las empresas de conformidad con el artículo 69-B del CFF?

El artículo 69-B del código fiscal de la federación faculta a las autoridades fiscales a publicar un listado y a notificar a los contribuyentes por medio de su buzón tributario por dos motivos:

  • Cuando la autoridad detecte que el contribuyente ha emitido comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material ya sea de forma directa o indirecta, para prestar los servicios, vender los productos o producir los bienes.
  • Cuando los contribuyentes se encuentren como no localizados.

Al publicar mediante la página del SAT (Servicio de Administración Tributaria), el DOF (Diario oficial de la federación) o ser notificado, la autoridad presume conforme a sus facultades que dichas operaciones no producen o produjeron ningún efecto fiscal, es decir se nulifica el efecto de la deducción en materia de ISR y del Acreditamiento para IVA o IEPS.

Una vez publicadas estas entidades en el listado, el contribuyente que haya tenido operaciones con estas, tienen 30 días después de la publicación, para aclarar ante la autoridad fiscal que adquirieron los bienes o recibieron los servicios señalados por los comprobantes fiscales, presentando ante la autoridad las evidencias que consideren necesarias para efectos de demostrar la veracidad del acto.

En caso de no presentar dicha aclaración dentro de los 30 días posteriores el contribuyente deberá corregir su situación fiscal mediante las declaraciones complementarias que deban ser presentadas para dejar sin efectos las operaciones señaladas.

Si no se presentan las correcciones pertinentes la autoridad podrá mediante el ejercicio de facultades de comprobación emitir los créditos fiscales respectivos a dichas operaciones, los actos que se amparen por comprobantes señalados por la autoridad se consideran actos simulados para efectos de delitos en materia fiscal, para lo cual la autoridad deberá presentar la denuncia correspondiente.

La autoridad debe publicar por los mismos medios los listados de los contribuyentes que logren desvirtuar los señalamientos realizados por la misma.

Contáctanos para una asesoría personalizada.

Feliz 2019 Consultores Daviersa

Desde hace algunos años nos convertimos en parte de su familia y en respaldo a su confianza nos esforzamos por brindarle un servicio de alta calidad.
Deseamos que el nuevo año traiga prosperidad a sus hogares y tenga por seguro que estaremos acompañándolos en cada paso que se decidan a dar.
¡Feliz 2019!
Consultores Daviersa