Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos del estado de Jalisco

Dentro de los tributos que establece la ley de hacienda del estado de Jalisco, establece la obligación de generar impuestos sobre las loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos, este impuesto se genera por la obtención de un premio por alguno de los actos gravados siempre que el mismo sea pagado, entregado, otorgado o distribuido en el territorio del estado de Jalisco, independientemente del lugar en donde se realice el evento.

En caso de que como consecuencia de la lotería, rifa, sorteo, juego con apuestas o concurso, no exista en virtud un ganador se considerara como ganador del premio el organizador del evento.

El impuesto deberá ser pagado por aquella persona ya sea física o moral que obtenga un premio derivado de alguno de los actos gravados por el impuesto, el impuesto debe ser retenido por el organizador del evento al momento del pago del premio.

En caso de que el premio otorgado sea en especie la base del impuesto será el valor del bien otorgado como premio, el cual será de terminado mediante peritaje, valuación, valor de facturación, adjudicación o el valor con el que se promocione el mismo, en caso de que dicho valor no pueda ser determinado o su determinación no sea comprobable o satisfactorio para la autoridad la base será el precio total del evento.

La cuta del impuesto será la que marque la ley de ingresos del estado de Jalisco la cual para 2018, marca una tasa del 6% para actos o actividades gravadas para este impuesto.

El pago del impuesto deberá hacerlo el retenedor a más tardar el día 15 del mes inmediatamente posterior a aquel que se realice el pago del premio, el pago de este impuesto se entenderá como definitivo, el pago deberá realizarse mediante la presentación de una declaración.

En consultores Daviersa estamos listos para apoyarte en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, contáctanos para agendar una cita y brindarte la asesoría personalizada que tu negocio necesita.

Escribir Comentario