¿Qué es?
El seguro de atención médica para la familia es un seguro de gastos médicos que otorga el IMSS, el cual puede ser adquirido por cualquier ciudadano mexicano, para adquirirlo es necesario no contar con algún esquema de seguridad social pública (IMSS, ISTE, Seguro Popular, Etc.) y no contar con enfermedades preexistentes.
¿Cómo se adquiere?
Se puede adquirir por medio de una solicitud mediante IMSS Digital o en la subdelegación que le corresponda, este seguro puede ser adquirido para si y para el núcleo familiar del contratante, se deberá cubrir la cuota anual por adelantado por cada uno de los contratantes, para la contratación se deberá llenar un cuestionario médico y datos generales, es necesario presentar identificación oficial, acta de nacimiento, CURP y comprobante de domicilio, en caso de contratarse para el cónyuge se debe presentar acta de matrimonio, la documentación debe presentarse por cada uno de los miembros de la familia que se pretenda asegurar.
Costos:
Los costos del seguro de atención médica para la familia se basan en la edad de acurdo con la siguiente tabla:
Rango de edad | Cuota Anual |
0-19 | $ 3,250 |
20-29 | $ 3,850 |
30-39 | $ 4,100 |
40-49 | $ 5,700 |
50-59 | $ 6,000 |
60-69 | $ 8,700 |
70-79 | $ 9,050 |
80 y más | $ 9,100 |
La cuota presentada corresponde al ejercicio 2019 y puede variar en ejercicios posteriores.
La cuota se debe cubrir de manera anticipada y el servicio médico comienza a otorgarse al día primero, del mes inmediato posterior a la contratación del mismo.
Se debe renovar dentro de los 30 días naturales anteriores al vencimiento del año calendario.
EL seguro no cubre cirugías estéticas, lentes, aparatos auditivos y padecimientos crónicos que requieran control terapéutico permanente.
Exclusiones:
El instituto negara la afiliación en caso de contar con alguna de las enfermedades preexistentes marcadas en la siguiente lista:
- Tumores malignos.
- Enfermedades crónico degenerativas tales como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto de miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria;
- Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo.
- Adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías.
- Trastornos mentales como psicosis y demencias.
- Enfermedades congénitas.
- Síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH)
Periodos de espera:
El instituto señala tiempos de espera para la atención de algunos padecimientos los cuales comienzan a contar al momento de la entrada en vigencia del aseguramiento:
Seis meses:
- Tumoración benigna de mama.
Diez meses:
Un año:
- Litotripcia
- Cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas del útero, ovarios y piso perineal.
- Cirugía de insuficiencia venosa y várices.
- Cirugía de senos paranasales y nariz.
- Cirugía de varicocele.
- Hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto.
- Amigdalectomía y adenoidectomía.
- Cirugía de hernias, excepto hernia del disco intervetabral.
- Cirugía de hallux valgus.
- Cirugía de estrabismo.
Dos años:
- Cirugía ortopédica.