Cesantía en edad avanzada y vejez

El ramo de cesantía otorga al asegurado las siguientes prestaciones:

I.- Pensión

II.- Asistencia médica.

III.- Asignaciones Familiares.

IV.- Ayuda asistencial.

Para ser candidato a pensión se debe cumplir con haber cumplido como mínimo 60 años de edad y haber cotizado como mínimo 500 semanas para aquellos que puedan optar por la ley 1973 o de 1250 semanas cotizadas para quienes cotizaron con la ley de 1997.

La pensión por cesantía se genera por rangos de edad, es decir se otorga un porcentaje de la pensión determinada de acuerdo a la edad cumplida que tenga el asegurado.

Edad: Porcentaje:
60 75%
61 80%
62 85%
63 90%
64 95%
65 100%

 

*La pensión a los 65 años se realiza por el ramo de vejez, el cual tiene los mismos requisitos en semanas cotizadas pero solicita que el asegurado haya cumplido 65 años de edad al momento de solicitar la pensión.

*La pensión por vejez otorga las mismas prestaciones

* Las asistencias familiares son incrementos al monto de la pensión en casos específicos de contar con dependientes económicos como cónyuge o concubin@, hijos menores de 25 años con ocupación de estudiantes y que no generen ingresos superiores a un salario mínimo.

*La ayuda asistencial es un incremento a la pensión el cual se otorga cuando el asegurado requiere de asistencia para su subsistencia y debe contar con el dictamen del médico del IMSS que así lo determine.

*El pensionado puede volver a laborar habiendo dejado de hacerlo cuando menos 6 meses después de pensionado y debe hacerlo con un patrón distinto al último con el cual laboro.

 

Afiliación voluntaria al régimen obligatorio de aseguramiento del IMSS

¿Qué es?

La afiliación voluntaria al régimen obligatorio de aseguramiento ante el IMSS, es la continuación marcada en el título VIII de la ley del IMSS, permite a personas que han cotizado en el régimen obligatorio de aseguramiento continuar con sus cotizaciones para las ramas de Invalidez y vida y Retiro, en edad avanzada y vejez.

¿Cómo se adquiere?

Se puede afiliar mediante una solicitud ya sea en la subdelegación correspondiente o mediante internet en la página del instituto mexicano del seguro social:

(http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02030c).

Para la afiliación se deben cubrir como requisito el contar con 52 (Cincuenta y Dos) semanas cotizadas en los últimos 5 años, habiendo cotizado dichas semanas en el régimen obligatorio de aseguramiento

Adicionalmente el salario base de cotización con el cual se inscriba al seguro voluntario debe ser igual o superior al último salario base de cotización con el cual se había registrado en el régimen obligatorio de aseguramiento.

Causas de término del aseguramiento:

Se da por terminado el aseguramiento cuando:

I.- El Asegurado lo solicite mediante declaración firmada.

II.-El Asegurado deje de pagar las cuotas durante dos meses.

III.- Al ser dado de alta en el régimen obligatorio de aseguramiento.

Costos:

El costo de las cuotas al IMSS mediante la afiliación voluntaria son inferiores a las cuotas generadas por el aseguramiento obligatorio ya que solo se cubren dos de las cinco ramas de aseguramiento que otorga el instituto mexicano del seguro social.

Las cuotas deben aportarse de forma mensual y corresponden al 10.075% del salario base de cotización con el cual se registre.

El salario con el cual se adhiera a la continuación voluntaria no puede ser modificado.

Revisión anual de acta constitutiva

Si tienes constituida una persona moral ya sea SA ,SC, S de RL o cualquiera que está sea te invito a revisar tu acta constitutiva, las actas de asamblea ordinaria que tienen que tenerse al menos por una vez al año donde se autorizan los movimientos del ejercicio y extraordinarias en el caso de toma de decisiones entre socios cuando hay cambio al capital o cambio en socios o algún tipo de decisión trascendental para el seguir caminando de la sociedad.

Algo que ahora es muy importante es verificar los poderes; ya que a los 5 años estarán vencidos y en algún trámite o representación no les permitirán realizarlo si los poderes no están actualizados.

Nuestra recomendación en CONSULTORES DAVIERSA, es que revisen sus actas con el notario o corredor público de su preferencia; para que toda esta documentación esté actualizada y en orden para que no pare el funcionamiento de nuestras empresas.

Estamos a sus órdenes para la revisión de este y todos los temas relacionados con tu empresa.

Atentamente

Lcp Victoria Eugenia Montaño Solana.