Tiempo de Declaraciones Anuales

Apreciables lectores les compartimos que el mes de marzo es el mes de las DECLARACIONES ANUALES  para las personas morales.

Es muy importante antes de que llenemos tu declaración verificar los números de cierre de año con tus Estados Financieros, verificando perfectamente los saldos que quedaron en las principales cuentas de balance tales como:

El saldo en bancos cotejado con tus estados de cuenta bancarios, con los cheques en tránsito o depósitos en tránsito que quedaron pendientes de cobro o de depósito.

En cuanto a los clientes es muy importante verificar que el saldo que tenemos en la cuenta de clientes sea el que tú tienes en tus cuentas por cobrar para que se le pueda dar continuidad a la cobranza para 2019.

El inventario es muy importante tenerlo costeado y contado físicamente al 31 de diciembre 2018 para que dé perfectamente con el control de inventarios de tu sistema y en físico.

Deudores diversos, si alguien más te debe dinero como empresa es importante que se tenga bien analizado este rubro para poder cobrar en los meses posteriores y así poner estas cuentas al corriente.

Es muy importante hacer un inventario físico de todos los activos fijos que tiene la empresa para cotejarlos con los existentes en el balance y/o en los libros de registro ya que muchas veces por deterioro ya no los tenemos en existencia ciertos activos y nunca los dimos de baja de los registros o los vendimos o ya se descompusieron y no van a volver a ser útiles.

Ahora bien toca el turno de hacer revisión a las deudas de la empresa tanto de proveedores, como de acreedores para hacer un arqueo de las deudas y que tengamos perfectamente registrado lo que debemos y así poder hacer nuestro plan de pagos a los mismos.

Otro rubro importante es el valor del capital, si se incrementó tener las Actas de asamblea correspondientes al capital registrado para sustentar en dicho documento el valor de nuestra empresa.

En cuanto a las ventas facturadas verificar que no existan facturas canceladas en nuestro sistema y que no estén canceladas en el SAT y sobre todo que todos los gastos y compras que hicimos durante el ejercicio estén bien soportadas con su respectiva factura electrónica, ya que el resultado de estos rubros nos generara la utilidad que corresponderá para el pago del impuesto sobre la renta correspondiente.

Asi como algunos factores financieros  de inflación, depreciaciones de tus activos y la actualización de los mismos que nos sirven para el resultado fiscal.

Este es un pequeño resumen de lo que se analiza para el cierre del ejercicio, ponte en contacto con quienes te llevamos la contabilidad para que queden aclarados todos los puntos.

Si bien la fecha límite de presentación es el 31 de marzo en CONSULTORES DAVIERSA nos estamos preparando ya desde el día primero del mes para poder conjuntamente con ustedes hacer el cierre del año sin ningún contratiempo.

De aquí se desprende la información que se presentara en los estados financieros que durante el año 2019 te pedirán para tramitar algún crédito, fianza, respaldo para una licitación, etc.

Estamos a tus órdenes para cualquier duda que tuvieras en relación a tu DECLARACION ANUAL 2018.

 

LCP Y EAI VICTORIA EUGENIA MONTAÑO SOLANA.

LCP DANIEL ALFONSO FLORES MONTAÑO

Y TODO NUESTRO MARAVILLOSO EQUIPO DE TRABAJO.

Seguro de Atención Médica para la Familia

¿Qué es?

El seguro de atención médica para la familia es un seguro de gastos médicos que otorga el IMSS, el cual puede ser adquirido por cualquier ciudadano mexicano, para adquirirlo es necesario no contar con algún esquema de seguridad social pública (IMSS, ISTE, Seguro Popular, Etc.) y no contar con enfermedades preexistentes.

¿Cómo se adquiere?

Se puede adquirir por medio de una solicitud mediante IMSS Digital o en la subdelegación que le corresponda, este seguro puede ser adquirido para si y para el núcleo familiar del contratante, se deberá cubrir la cuota anual por adelantado por cada uno de los contratantes, para la contratación se deberá llenar un cuestionario médico y datos generales, es necesario presentar identificación oficial, acta de nacimiento, CURP y comprobante de domicilio, en caso de contratarse para el cónyuge se debe presentar acta de matrimonio, la documentación debe presentarse por cada uno de los miembros de la familia que se pretenda asegurar.

Costos:

Los costos del seguro de atención médica para la familia se basan en la edad de acurdo con la siguiente tabla:

Rango de edad Cuota Anual
0-19 $ 3,250
20-29 $ 3,850
30-39 $ 4,100
40-49 $ 5,700
50-59 $ 6,000
60-69 $ 8,700
70-79 $ 9,050
80 y más $ 9,100

 

La cuota presentada corresponde al ejercicio 2019 y puede variar en ejercicios posteriores.

La cuota se debe cubrir de manera anticipada y el servicio médico comienza a otorgarse al día primero, del mes inmediato posterior a la contratación del mismo.

Se debe renovar dentro de los 30 días naturales anteriores al vencimiento del año calendario.

EL seguro no cubre cirugías estéticas, lentes, aparatos auditivos y padecimientos crónicos que requieran control terapéutico permanente.

 

 

Exclusiones:

El instituto negara la afiliación en caso de contar con alguna de las enfermedades preexistentes marcadas en la siguiente lista:

  • Tumores malignos.
  • Enfermedades crónico degenerativas tales como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto de miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria;
  • Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo.
  • Adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías.
  • Trastornos mentales como psicosis y demencias.
  • Enfermedades congénitas.
  • Síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH)

Periodos de espera:

El instituto señala tiempos de espera para la atención de algunos padecimientos los cuales comienzan a contar al momento de la entrada en vigencia del aseguramiento:

Seis meses:

  • Tumoración benigna de mama.

Diez meses:

Un año:

  • Litotripcia
  • Cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas del útero, ovarios y piso perineal.
  • Cirugía de insuficiencia venosa y várices.
  • Cirugía de senos paranasales y nariz.
  • Cirugía de varicocele.
  • Hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto.
  • Amigdalectomía y adenoidectomía.
  • Cirugía de hernias, excepto hernia del disco intervetabral.
  • Cirugía de hallux valgus.
  • Cirugía de estrabismo.

Dos años:

  • Cirugía ortopédica.

Ley para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (CONSTRUCCION)

Actividades Vulnerables: (Art 17 Fracción V)

Para efectos de esta Ley se entenderán Actividades Vulnerables y, por tanto, objeto de identificación en términos del artículo siguiente, las que a continuación se enlistan:

La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios.

Objeto de Aviso: (Art 17 Fracción V Párrafo II)

Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el acto u operación sea por una cantidad igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Ejercicio: VSM o UMA: Total:
2014 67.29 $540,002.25
2015 70.10 $562,552.50
2016 73.04 $586,146.00
2017 75.49 $605,807.25
2018 80.60 $646,815.00
2019 84.49 $678,032.25

 

*Los montos del ejercicio 2014 y 2015 se determinan con el salario mínimo vigente en el ejercicio.

*Los montos del ejercicio 2016 al 2019 se determinan de acuerdo a la UMA diaria vigente en el ejercicio.

Obligaciones: (Articulo 18)

Quienes realicen las Actividades Vulnerables a que se refiere el artículo anterior tendrán las obligaciones siguientes:

  1. Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las propias Actividades sujetas a supervisión y verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la documentación;
  2. Para los casos en que se establezca una relación de negocios, se solicitará al cliente o usuario la información sobre su actividad u ocupación, basándose entre otros, en los avisos de inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del Registro Federal de Contribuyentes;
  • Solicitar al cliente o usuario que participe en Actividades Vulnerables información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su caso, exhiban documentación oficial que permita identificarlo, si ésta obrare en su poder; en caso contrario, declarará que no cuenta con ella;
  1. Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifique a sus clientes o usuarios.

La información y documentación a que se refiere el párrafo anterior deberá conservarse de manera física o electrónica, por un plazo de cinco años contado a partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable, salvo que las leyes de la materia de las entidades federativas establezcan un plazo diferente;

  1. Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificación en los términos de esta Ley, y
  2. Presentar los Avisos en la Secretaría en los tiempos y bajo la forma prevista en esta Ley

Plazos y formas para la presentación de avisos: (Articulo 23 a 25)

Artículo 23. Quienes realicen Actividades Vulnerables de las previstas en esta Sección presentarán ante la Secretaría los Avisos correspondientes, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, según corresponda a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación que le diera origen y que sea objeto de Aviso.

Artículo 24. La presentación de los Avisos se llevará a cabo a través de los medios electrónicos y en el formato oficial que establezca la Secretaría.

Dichos Avisos contendrán respecto del acto u operación relacionados con la Actividad Vulnerable que se informe, lo siguiente:

  1. Datos generales de quien realice la Actividad Vulnerable;
  2. Datos generales del cliente, usuarios o del Beneficiario Controlador, y la información sobre su actividad u ocupación de conformidad con el artículo 18 fracción II de esta Ley, y
  • Descripción general de la Actividad Vulnerable sobre la cual se dé Aviso.

A los notarios y corredores públicos se les tendrán por cumplidas las obligaciones de presentar los Avisos correspondientes mediante el sistema electrónico por el que informen o presenten las declaraciones y Avisos a que se refieren las disposiciones fiscales federales.

Artículo 25. La Secretaría podrá requerir por escrito o durante las visitas de verificación, la documentación e información soporte de los Avisos que esté relacionada con los mismos.

Uso de efectivo y metales: (Art 32 Fracción I)

Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes:

  1. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación; (Las cantidades son las mismas manifestadas en el art 17).