¿Cuál es mi domicilio fiscal?

Te has preguntado ¿cuál es tu domicilio fiscal?, ¿Quién establece el domicilio fiscal? y si al establecerlo lo hiciste correctamente, estas dudas las podremos resolver revisando el artículo 10 del código fiscal de la federación el cual establece lo siguiente:

Para las personas físicas:

Cuando realizan actividades empresariales, el local en el que desempeñen sus actividades, cuando cuenten con varios locales, se deberá señalar aquel en el cual se encuentre la administración principal del negocio.

Cuando no realicen actividades empresariales, deberá designarse el lugar donde desempeña sus actividades, en caso de que no se cuente con un lugar establecido para el ejercicio de sus actividades será su casa habitación.

Cuando no se manifieste el domicilio o no haya sido localizado en el domicilio señalado como domicilio fiscal, se considerará como domicilio el que hayan manifestado ante las entidades financieras o las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Para las personas morales:

Cuando sean residentes en el país, en el local donde se encuentre la administración principal del negocio

En el caso de extranjeros con establecimiento permanente, será el domicilio fiscal el local con el cual se genero el establecimiento permanente o en el lugar donde se tenga la administración general del negocio.

Cuando no se haya designado un domicilio fiscal o hubieran señalado un lugar distinto al que le corresponda o hubieran manifestado un domicilio ficticio, las autoridades podrán practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades.

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